Hola vecin*s:
Hoy me ha dado un susto-apretón de esos que me dan cuando, de pronto, sueño que se me ha pasado algún plazo con lo del piso y ya no puedo hacer nadaaaaaaa...
Y para tranquilizarme he llamado al IVVSA para preguntar por lo que teníamos que hacer ahora a los 5 años de haber comprado la vivienda.
Me han dicho que ya no existía el Departamento de Ventas, pero he hablado con la persona que nos hizo la gestión de la venta de la casa.
Y me han confirmado que sí, que tengo que presentar en el PROP la SOLICITUD PRÓRROGA DE SUBSIDIACIÓN DE LA CUOTA DEL PRÉSTAMO antes del plazo de los 5 años.
Hay que rellenar el IMPRESO VPO 16000 y presentar la documentación correspondiente. Hay que ir con original y copia del DNI, el empadronamiento, el IBI y la renta de los 2 últimos años, etc...
http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=1349
Y creo que me ha dicho que los otros dos impresos también hay que rellenarlos (el 80000 y el 70000). Uffff... es que me ha dicho tantas cosas que no sé si lo he "captado" todo... Pero en el enlace que adjunto está todo explicadísimo.
Y el banco (IBERCAJA) nos tiene que hacer también un certificado que hay que adjuntar (de que el préstamo no ha sido cancelado, etc).
¿Álguien está haciendo ya este papeleo?¿Es un trámite fácil o muy engorroso?
Yo voy a ir empezando... porque si no... siemmmmmmpre me pilla el toro a última hora... Brrr!!!
Saludos de Ferran!!!
9 comentarios:
Valeeee... ya he contactado esta mañana también con Ibercaja.
Llamé por teléfono, pero me pidieron que lo hiciera por e-mail.
Y hace un momento me han contestado que vaya personalmente a recoger el certificado y que debo abonar 12 euros para recogerlo.
Jorrrlllll... Hay que pagar por todo...
Como se que les va a pasar esto, les adelanto ya la información, pidan la prórroga pero serán denegadas, pero esto es paso previo para poder reclamar esta ilegalidad, espero qeu les sea útil la información:
Nathalie Santos https://www.facebook.com/groups/440963722627679/
¿Por qué me deniegan la subsidiación? porque en junio se publicó en el BOE la supresión de la subsidiación para el plan 2009-2012 (RDL 20/2012, artículo 35) pero a posteriori (unos quince días después) el ministerio envió unos criterios internos, interpretativos y de aplicación del artículo 35 del RDL 20/2012 en el que suprimen las subsidiaciones iniciales y prórrogas de planes anteriores, por lo que aprovechan la renovación de la ayuda para denegarla aunque esté reconocida en el visado de compraventa. Los criterios son estos https://docs.google.com/file/d/0B64RAKMEUBWHUmRIbzVJeHVxNTg/edit
¿Qué puedo hacer?
-Si te la han denegado tienes un mes para poner un recurso de alzada, tienes modelos en el grupo, si se te ha pasado ese mes puedes igualmente poner una reclamación "normal" y dependiendo de la contestación a la reclamación o al recurso ir a la vía judicial.
-Si te la han aprobado con fecha posterior a la entrada en vigor del RDL y el banco se niega a registrarla y hacerla efectiva, debes enviar un burofax al banco instando a que la aplique, si el banco se sigue negando debes ir a vivienda y poner una reclamación en la que inste al banco a aplicarla.
Si vivienda también da una respuesta negativa a tu reclamación ya puedes recurrir a la vía judicial.
También puedes aportar tu firma en http://www.change.org/es/peticiones/no-a-la-supresión-de-la-subsidiación-de-préstamos-vpo-con-carácter-retroactivo
Nathalie, muchas gracias por la información.
Ya he entregado la solicitud de prórroga, y la misma funcionaria que me recogió la documentación también me dijo claramente que me lo iban a denegar, pero que siguiera el trámite correspondiente por si quería realizar un posterior recurso de alzada u otro tipo de reclamación.
Ufff... esto pinta muy mal :-(
Saludos,
Ferran.
Dado que estoy dos años en paro, quisiera presentar la sol.de subsid.de intereses con IRPf. de 2011 y 2012, ya que en 2010 recibi y declaré la ayuda. Donde puedo concretar el plazo (antes de 5 años)compre en 18.10.2008 y la dec.renta acaba el 30.junio?
Q
Me podeis decir donde leo el plazo (para iniciar por lo que leo el calvario).. gracias tambien por el video de youtube y al abogado,SI SE NOS ESTAN PISOTEANDO MUCHOS DERECHOS, esperamos que los "jueces agüanten el tiron.
Esto es totalmente ganable en vía judicial, les denegarán la ayuda, luego el recurso de alzada y luego vía judicial. Pueden solicitar abogado de oficio en www.justiciagratuita.es
https://www.facebook.com/groups/AIMPCV/
De momento la via judicial es la unica ke parece ke vaya a dar resultados, pero el tema esta dificil...muy dificil.
Tanto Nathalie desde su pagina de Facebook, como desde la web y el facebook de la Plataforma, estamos llevando a acabo acciones e iniciativas para ke nos paguen nuestro dinero.
A currar y protestar!!!
Snif... Hoy he ido a recoger una NOTIFICACIÓN a la oficina de correos de Paterna.
Miedorrrrrr... Porque efectivamente era de la Conselleria d'Infraestructures, Territori i Medi Ambient.
Y al abrirla los primero que he visto era...
ASUNTO: Resolución de INADMISIÓN!!!
La causa principal que me pone es por "haber solicitado la prórroga de subsidiación tras la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/201, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competititividad".
Habrá que empezar con el recurso de alzada...
¿Alguien de la finca lo ha interpuesto ya?
Saludos,
Ferran.
Alguien ha realizado alguna reclamación. De qué tipo? Cómo?
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